En el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, actualmente figura la readecuación del estatuto del Movimiento de Acción Nacionalista Peruano MANPE, entre los que figura especialmente la potestad de celebrar alianzas electorales, aspecto que en su anterior documento no especificaba.
El estatuto modificado tiene figura en el portal electrónico correspondiente con el expediente N° 360 por lo que a partir de la fecha queda expedito que este movimiento político regional puede celebrar alianzas políticas con otras agrupaciones reconocidas.
Como se recordará, la falta de especificación y que posiblemente no llegaran a los plazos previstos dio lugar a que el Movimiento de Renovación Ancashina rompiera la alianza con el MANPE.
La adenda estatutaria tiene como numeral el 26-A que ha quedado así:
Es función del Comité Regional:
a) Decidir sobre la celebración de una “Alianza Electoral” con otros Partidos o Movimientos Políticos, la misma que decidirán en Asamblea Extraordinaria del Comité Regional, debiendo contar con la aprobación de la mitad más uno de los miembros que Participen de la Asamblea. Para estos efectos, el quórum para celebrar válidamente la Asamblea se conforma con la mitad más uno del número legal de los miembros que integran el Comité Regional.
b) Designar a la persona autorizada para suscribir el acuerdo conjunto de formar una Alianza Electoral, en representación del Movimiento.


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