El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó la multa a telefónica del Perú, de 51 Unidades Impositivas Tributaria (UIT) el cual equivale a 193,800 nuevos soles por el incumplimiento de la tarifa.
El proceso se inició en diciembre del 2011 cuando Osiptel fijó en 0.0042 soles por segundo y sin incluir Impuesto General a la Ventas (IGV) la tarifa tope para las llamadas locales desde teléfonos fijos de abonado de Telefónica del Perú a redes de telefonía móvil, de comunicaciones personales y troncalizado.
Sin embargo, Osiptel verificó que la tarifa era de 0.0008 (incluído IGV), que aunque Telefónica respetaba sus código Sistema de Información y Registro de Tarifas, era mayor a la tarifa tope establecida previamente.


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